Resumen del Artículo Disposición transitoria undécima

Artículo Disposición transitoria undécima del Ley Orgánica de Educación (LOE) — Disposición transitoria undécima. Aplicación de las normas reglamentarias. En las materias cuya regulación remite la presente Ley a ulteriores disposiciones reglamentarias, y en tanto éstas no sean dictadas, serán de aplicación, en cada caso, las normas de este rango que lo…

LOEVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo Disposición transitoria undécimaDisposición transitoria undécima

Disposición transitoria undécima. Aplicación de las normas reglamentarias.

En las materias cuya regulación remite la presente Ley a ulteriores disposiciones reglamentarias, y en tanto éstas no sean dictadas, serán de aplicación, en cada caso, las normas de este rango que lo venían siendo a la fecha de entrada en vigor de esta Ley, siempre que no se opongan a lo dispuesto en ella.

Norma publicada: 3 de mayo de 2006

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición transitoria undécima

¿Qué dice el Artículo Disposición transitoria undécima del LOE?

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¿El Artículo Disposición transitoria undécima del LOE está vigente?

El artículo Disposición transitoria undécima del LOE está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo Disposición transitoria undécima dentro del LOE?

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